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lunes, 9 de marzo de 2015

RESOLUCIONES ASAMBLEA 2014




Siendo las 00 hs. del día 06-12-2014, después de análisis concienzudos, y debates profusos, se arriba a las siguientes conclusiones:

1.-Continúa en su lamentable actuación , la archireconocida "Dupla Corrupta", Yeannes-Battilana, con la inestimable asistencia de Bertogli. A pesar de no ser parte de esta Asamblea, se menciona que los viajes extra poya serán organizados por Denegri-Montes.

2.-Continúa siendo el responsable (?????) de cobros R. Otamendi, pero con las siguientes salvedades: El pago de los Four-balls será por pareja, debiendose hacerse responsable por lo del compañero si no estuviera.Solo se cobrará lo de la Poya, quedando las apuestas (doblos y otros) para acordar entre partes.

3.- Se establecen como fechas de viajes : 20-04 y 19-10.

4.-La cuota por participación será de $40. cada jueves. Agregado a los u$s 50.- anual. El reparto de premios Poya anual será: 1ro. 45%; 2do.: 30%; 3ro. 15%; 4to 10%.

5.-Se determina en votación dividida, que se jugarán tres fechas por mes como hasta ahora, o sea Four Ball americana.  Los primeros jueves se jugará Medal-play, por 10 Patagolf, reparto 50-30-20%. En el caso que salgan sorteados juntos dos jugadores (entre comillas) de más de 20 de handicap, ellos determinarán quién y en que hoyo tendrán el golpe demás que les corresponde.

6.-Zuloaga pasa a titular; Magariños, Montes, Provisorios; Bonadeo, Santamarina Invitados Permanentes; Los demás como estaban.

7.-El "Maguita Invitational se jugará por puntos Poya. La cena de gala de dicho tradicional torneo, se celebrará sin Karaoke.

8.-Se pasa a un cuartointermedio hasta Marzo, en donde Tesorería brindará un balance, determinandose, que el sobrante se utilizará para amortizar viajes. En esa reunión se convendrá como jugar el torneo Match Four Ball.

NOTA: Todo lo que se fué resolviendo a lo largo de los años, y aquí no se ha modificado, queda como letra dura del Reglamento, y consta en "Reglamento" y "Resoluciones de Asamblea" de distintos años.

                                                                                             DURA LEX SED LEX